Conforme Ley 822 ” Ley de Concertación Tributaria” publicada en el diario oficial La Gaceta No.01-2013, Publicada en el diario oficial La Gaceta No. 12 el 22/01/13, todas las transacciones de compra- venta de productos agropecuarios registradas en BAGSA, menores a 40 millones de córdobas, sujetos a una Retención de IR defininitiva están EXENTAS de los siguientes tributos:
Impuestos Fiscales
10% al 30% de IR Anual
1% de pago mínimo de IR definitivo sobre ingresos brutos mensuales.
15% de IVA
15% de ISC
Impuestos Locales
1% Impuestos Municipales sobre Ingresos.(Independientemente del monto)
2% Matrícula Municipal Anual.(Independientemente del monto)